Permite la conducción de conjuntos acoplados compuestos por un vehuculo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya m.m.a. exceda de 750 kg, siempre que el conjunto no pueda ser conducido con un permiso de la clase B.
No obstante hay que tener en cuenta que la masa maxima remolcable del vehiculo tractor, ha de ser superior a la masa maxima autorizada del remolque.
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